El suministro de un sistema de IA para su primer uso directamente al responsable del despliegue o para uso propio en la Unión para su finalidad prevista.
«el suministro de un sistema de IA para su primer uso directamente al responsable del despliegue o para uso propio en la Unión para su finalidad prevista».
Texto literal del art. 3, punto 11, del Reglamento (UE) 2024/1689, en el texto consolidado a 27.7.2026. Definición breve: texto literal.
Reglamento (UE) 2024/1689, art. 3, punto 11 · Fuente (consultada el 09.10.2026)
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