Una microempresa, o una pequeña o mediana empresa, tal como se definen en el artículo 2 del anexo de la Recomendación 2003/361/CE.
«una microempresa, o una pequeña o mediana empresa, tal como se definen en el artículo 2 del anexo de la Recomendación 2003/361/CE».
Texto literal del art. 3, punto 14 bis, del Reglamento (UE) 2024/1689, en el texto consolidado a 27.7.2026. Definición breve: texto literal.
Reglamento (UE) 2024/1689, art. 3, punto 14 bis · Fuente (consultada el 09.10.2026)
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