La combinación de la probabilidad de que se produzca un perjuicio y la gravedad de dicho perjuicio.
«la combinación de la probabilidad de que se produzca un perjuicio y la gravedad de dicho perjuicio».
Texto literal del art. 3, punto 2, del Reglamento (UE) 2024/1689, en el texto consolidado a 27.7.2026. Definición breve: texto literal.
Reglamento (UE) 2024/1689, art. 3, punto 2 · Fuente (consultada el 09.10.2026)
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