Cambio en un sistema de IA tras su introducción en el mercado o puesta en servicio, no previsto en la evaluación de la conformidad inicial del proveedor, que afecta al cumplimiento de los requisitos del capítulo III, sección 2, o que modifica la finalidad prevista para la que se evaluó el sistema.
«un cambio en un sistema de IA tras su introducción en el mercado o puesta en servicio que no haya sido previsto o proyectado en la evaluación de la conformidad inicial realizada por el proveedor y a consecuencia del cual se vea afectado el cumplimiento por parte del sistema de IA de los requisitos establecidos en el capítulo III, sección 2, o que dé lugar a una modificación de la finalidad prevista para la que se haya evaluado el sistema de IA de que se trate».
Texto literal del art. 3, punto 23, del Reglamento (UE) 2024/1689, en el texto consolidado a 27.7.2026. Definición breve: paráfrasis fiel (el literal supera la extensión del glosario).
Reglamento (UE) 2024/1689, art. 3, punto 23 · Fuente (consultada el 09.10.2026)
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