AESIA, la Agencia Española de Supervisión de la IA: qué es, qué hace hoy y a quién acudir
Qué es AESIA, dónde está, qué funciones le da su estatuto y qué falta por aclarar para que sea la autoridad del Reglamento de IA en España.
- Publicado
- 10.10.2026
- Nivel
- Directivo
- Ámbito
- España
- Lectura
- 3 min
Estado normativo
Vigente- Normas
- Real Decreto 729/2023, de 22 de agosto, Estatuto de AESIA · Reglamento (UE) 2024/1689, art. 70
- Ámbito
- España
En 30 segundos
AESIA es una entidad pública con sede en A Coruña, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Su estatuto (Real Decreto 729/2023) le asigna supervisar, asesorar, formar, impulsar entornos de prueba y ejercer la inspección y sanción que le atribuya la normativa europea. Qué competencias tendrá exactamente frente al Reglamento de IA depende de una ley que sigue pendiente: el proyecto caducó el 6 de octubre de 2026.
Referencia y estado
- Norma: Real Decreto 729/2023, de 22 de agosto, que aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Supervisión de la Inteligencia Artificial (AESIA). Publicado en el BOE núm. 210 de 2 de septiembre de 2023; entró en vigor al día siguiente de su publicación.
- Estado: vigente. La agencia existe y su estatuto está en vigor.
- Pendiente: la ley que designe las autoridades del Reglamento de IA y fije el régimen sancionador en España. El proyecto caducó el 6 de octubre de 2026 al disolverse las Cortes.
Qué es
AESIA es una entidad de derecho público con personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autonomía de gestión (art. 1). Está adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial. Su sede está en A Coruña (art. 2).
Qué funciones le da su estatuto
| Función | Qué significa | Artículo |
|---|---|---|
| Supervisión, asesoramiento, concienciación y formación | Tareas generales de la agencia sobre los sistemas de IA | Art. 4 |
| Inspección, comprobación y sanción | Las que le asigne la normativa europea | Arts. 4.1 y 10.1.k |
| Entornos de prueba | Promover espacios para adaptar sistemas innovadores de IA al marco jurídico | Art. 10.1.a |
| Certificación voluntaria | Un marco para que entidades privadas den garantías de diseño responsable | Art. 10.1.d |
| Formación y divulgación | Difundir buenas prácticas | Art. 10.1.g |
La presidencia corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial (art. 12). El órgano de gobierno es el Consejo Rector (art. 16).
Qué falta por aclarar
El estatuto se aprobó cuando el Reglamento europeo era aún una propuesta. Habla de ejercer las competencias que le atribuya la normativa europea (arts. 3.2 y 10.1.k), pero el Reglamento de IA obliga a cada Estado a designar sus autoridades (art. 70) y a fijar el régimen sancionador (art. 99). En España esa designación depende de una ley que sigue pendiente. Ver el análisis de la ley española.
Qué significa en la práctica
- Para empresas: el Reglamento se aplica directamente, aunque no haya autoridad con facultades sancionadoras claras. Conviene cumplir y documentar, no esperar a la ley.
- Para personas: puedes reclamar ante la autoridad de vigilancia del mercado (art. 85 del Reglamento), pero en España la ley que la designa sigue pendiente. Si hay datos personales, puedes acudir a la AEPD. Ver derechos de las personas afectadas.
- Para startups: AESIA tiene encomendado impulsar entornos de prueba. Ver el sandbox español.
Qué hacer ahora
Sigue el estado de la ley española y documenta tu cumplimiento del Reglamento de IA desde ya. Si necesitas orientación, revisa el servicio de acompañamiento ante AESIA y espacios de pruebas.
Relación con otras normas
- Reglamento de IA, art. 70: cada Estado miembro designa autoridades notificantes y de vigilancia del mercado.
- Régimen sancionador: ver las multas del Reglamento. La cuantía final y el órgano que sanciona en España dependen de la ley pendiente.
Preguntas frecuentes
¿Dónde está AESIA?
En A Coruña (art. 2 del estatuto).
¿Puede AESIA multarme hoy por incumplir el Reglamento de IA?
Su estatuto le atribuye la inspección y sanción que le asigne la normativa europea, pero el régimen sancionador español depende de una ley que sigue pendiente. Conviene verificar el estado antes de actuar.
¿De quién depende?
Está adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.
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Fuentes
- [1]Real Decreto 729/2023, de 22 de agosto, Estatuto de AESIA (BOE núm. 210, de 2.9.2023)Consultado el 10.10.2026
- [2]Reglamento (UE) 2024/1689, texto en el DOUE (copia oficial del BOE, DOUE-L-2024-81079)Consultado el 10.10.2026
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regulacionia.com (2026). «AESIA, la Agencia Española de Supervisión de la IA: qué es, qué hace hoy y a quién acudir». regulacionia.com, actualizado el 10.10.2026. https://regulacionia.com/regulacion/aesia-agencia-espanola-supervision-ia-que-hace