Derechos de las personas afectadas por la IA (arts. 85 a 87 del Reglamento de IA): reclamar y pedir explicaciones
Derechos que da el Reglamento de IA a las personas afectadas: reclamar ante la autoridad (art. 85), pedir una explicación (art. 86) y denunciar (art. 87).
- Publicado
- 10.10.2026
- Nivel
- Directivo
- Ámbito
- UE
- Lectura
- 4 min
Estado normativo
Aplicable desde fecha indicada- Normas
- Reglamento (UE) 2024/1689, arts. 85, 86 y 87 · Reglamento (UE) 2024/1689, art. 113, párrafo segundo · Directiva (UE) 2019/1937
- Aplicable desde
- 02.08.2026
- Ámbito
- UE
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Cualquier persona puede reclamar ante la autoridad de vigilancia del mercado si cree que se ha infringido el Reglamento de IA. Quien sufre una decisión basada en un sistema de IA de alto riesgo del anexo III con efectos jurídicos o perjuicio considerable tiene derecho a una explicación clara del papel del sistema y de los elementos principales de la decisión. Los denunciantes quedan protegidos por la Directiva (UE) 2019/1937.
Referencia y estado
- Norma: Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial (RIA o AI Act), capítulo IX, sección 4, «Vías de recurso»: arts. 85, 86 y 87.
- Fecha de aplicación: estos artículos no tienen fecha especial en el art. 113, así que se aplican desde la fecha general, el 2 de agosto de 2026. El derecho a explicación del art. 86 solo opera respecto a decisiones basadas en sistemas de alto riesgo del anexo III, cuyas obligaciones aplican desde el 2 de diciembre de 2027 tras el Ómnibus de 2026.
- Ómnibus: el Reglamento (UE) 2026/1744 no modifica estos artículos.
Qué dice
| Artículo | Derecho | Quién lo ejerce | Ante quién |
|---|---|---|---|
| 85 | Reclamar si hay motivos para considerar que se ha infringido el Reglamento | Cualquier persona física o jurídica | La autoridad de vigilancia del mercado pertinente |
| 86 | Obtener explicaciones claras y significativas sobre el papel del sistema de IA en la decisión y sus principales elementos | Persona afectada por una decisión basada en un sistema de alto riesgo del anexo III | El responsable del despliegue |
| 87 | Denunciar infracciones con la protección de la Directiva (UE) 2019/1937 | Denunciantes | Canales de denuncia previstos en esa Directiva |
Art. 85. La reclamación es sin perjuicio de otras vías administrativas o judiciales. Las autoridades deben tenerla en cuenta en su vigilancia del mercado y tramitarla según sus procedimientos.
Art. 86, apartado 1. El derecho exige tres condiciones:
- Una decisión adoptada por el responsable del despliegue basándose en los resultados de un sistema de IA de alto riesgo del anexo III, con excepción del punto 2 (infraestructuras críticas).
- Que la decisión produzca efectos jurídicos o afecte considerablemente del mismo modo a la persona.
- Que la persona considere que tiene un efecto perjudicial para su salud, su seguridad o sus derechos fundamentales.
Límites (apartados 2 y 3). No aplica donde el Derecho de la UE o nacional ya prevea excepciones o restricciones compatibles con el Derecho de la Unión, y solo en la medida en que ese derecho no esté previsto de otro modo en el Derecho de la Unión.
Qué significa en la práctica
- Una explicación útil no es el código del modelo. Debe decir qué papel jugó el sistema y cuáles fueron los elementos principales de la decisión, de forma comprensible.
- Hay que poder darla. El responsable del despliegue necesita información del proveedor (art. 13) y registros del sistema para reconstruir la decisión. Ver la ficha del art. 26.
- Una persona debe poder responder. Si nadie entiende ni puede revisar la decisión, el derecho se vacía. Ver supervisión humana.
- Se suma al RGPD. El art. 22 del RGPD reconoce el derecho a no ser objeto de decisiones solo automatizadas con efectos jurídicos y, en sus excepciones, a obtener intervención humana e impugnar la decisión. Ver RGPD y Reglamento de IA.
Quién está obligado
| Actor | Qué debe hacer |
|---|---|
| Responsable del despliegue de un sistema del anexo III que decide sobre personas | Responder a las solicitudes de explicación (art. 86) |
| Proveedor | Facilitar la información y los registros que permitan explicar (art. 13 y registros del sistema) |
| Autoridades de vigilancia del mercado | Admitir y tramitar reclamaciones (art. 85) |
Desde cuándo
- 2 de agosto de 2026: aplicación formal de los arts. 85 a 87.
- 2 de diciembre de 2027: aplicación de las obligaciones de los sistemas del anexo III sobre los que opera el art. 86.
Qué hacer ahora
- Si usas IA de alto riesgo para decidir sobre personas, diseña un procedimiento para recibir y responder a solicitudes de explicación.
- Exige al proveedor documentación y registros que permitan reconstruir cada decisión.
- Forma a quien responde: debe entender los límites del sistema (art. 4).
- Revisa los sesgos que puedan afectar a la decisión. Ver sesgos en la IA.
Relación con otras normas
- RGPD, art. 22 y arts. 12 a 15: derechos de información, acceso y decisiones automatizadas.
- Ley española de gobernanza de la IA: qué autoridad recibirá en España las reclamaciones del art. 85 depende de una ley aún pendiente. Ver el análisis de la ley española.
Preguntas frecuentes
¿Tengo derecho a saber si una IA decidió sobre mí?
Sí, en los casos del art. 86: decisiones del responsable del despliegue basadas en un sistema de alto riesgo del anexo III con efectos jurídicos o perjuicio considerable. Además, el art. 26.11 obliga a informar de que se está expuesto al sistema.
¿Puedo reclamar si el sistema no es de alto riesgo?
Sí. El art. 85 permite reclamar ante la autoridad de vigilancia del mercado por cualquier infracción del Reglamento.
¿Qué incluye la explicación?
Explicaciones claras y significativas sobre el papel del sistema de IA en la decisión y sobre sus principales elementos.
¿Quién protege a quien denuncia una infracción?
La Directiva (UE) 2019/1937, que el art. 87 declara aplicable a la denuncia de infracciones del Reglamento.
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Fuentes
- [1]Reglamento (UE) 2024/1689, texto en el DOUE (copia oficial del BOE, DOUE-L-2024-81079)Consultado el 10.10.2026
- [2]Reglamento (UE) 2024/1689, texto consolidado a 27.7.2026 (EUR-Lex)Consultado el 09.10.2026
Cómo citar esta página
regulacionia.com (2026). «Derechos de las personas afectadas por la IA (arts. 85 a 87 del Reglamento de IA): reclamar y pedir explicaciones». regulacionia.com, actualizado el 10.10.2026. https://regulacionia.com/regulacion/arts-85-87-derechos-personas-afectadas