Forma a tu equipo en IA y cumple el art. 4.
Formación AI Act para empresas: sesiones por perfil para cumplir la alfabetización en IA del art. 4. Desde Andalucía, a distancia para toda España.
Elaborado con IA, revisado por personas. Sin precios publicados: alcance según la empresa.
01 · El problema
Desde el 2 de febrero de 2025, las empresas que usan IA deben adoptar medidas de alfabetización en IA para su personal. Es una de las pocas obligaciones del Reglamento que ya se puede exigir.
Muchas empresas no han formado a nadie o lo han hecho sin dejar constancia. Sin evidencias, es difícil demostrar que se cumple.
Esta formación se adapta al uso real de cada equipo y deja registro. Trabajamos desde Andalucía y formamos a distancia a empresas de toda España.
02 · Qué incluye
- Sesión para dirección sobre riesgos, obligaciones, fechas y responsabilidades.
- Sesión práctica para quienes usan IA a diario: uso seguro, datos y revisión de resultados.
- Sesión para equipos que deciden sobre personas, como selección y evaluación.
- Materiales de apoyo y casos prácticos adaptados a la empresa.
- Registro de asistencia y de las medidas adoptadas, como evidencia de cumplimiento.
03 · Entregable
Sesiones de formación por perfil, materiales de apoyo y registro de asistencia como evidencia.
04 · Cómo trabajamos
| Quién | Qué hace |
|---|---|
| IA | Prepara un primer temario y casos prácticos a partir de las herramientas que usa la empresa. |
| Persona | Una persona adapta el temario, imparte las sesiones, resuelve las dudas del equipo y firma el registro de asistencia. |
05 · Para quién
- Dirección
- Recursos humanos
- Pymes
- Equipos de trabajo
06 · Qué no incluye
- Asesoramiento jurídico.
- Certificación oficial de conocimientos: el art. 4 no la exige.
- Formación técnica para desarrollar modelos de IA.
07 · Normativa relacionada
| Norma | Estado |
|---|---|
| Reglamento (UE) 2024/1689, art. 4 (alfabetización en IA), aplicable desde el 2.2.2025 y modificado por el Reglamento (UE) 2026/1744 | Vigente |
| Reglamento (UE) 2024/1689, art. 26, apartado 2 (supervisión humana por personas con competencia y formación), aplicable desde el 2.12.2027 | Vigente |
- Reglamento (UE) 2024/1689, texto consolidado a 27.7.2026 (EUR-Lex) · consultado el 11.10.2026
- Reglamento (UE) 2026/1744, Ómnibus digital sobre IA (DOUE L, 24.7.2026) · consultado el 11.10.2026
08 · Preguntas frecuentes
¿Es obligatoria la formación en IA?
Sí. Desde el 2 de febrero de 2025, el art. 4 obliga a proveedores y responsables del despliegue a adoptar medidas de alfabetización en IA.
¿Hay que dar un nivel de formación concreto?
No. Desde el 27 de julio de 2026 el artículo no exige garantizar un nivel específico, pero sí adoptar medidas adecuadas.
¿Es presencial?
Se puede hacer a distancia para toda España y de forma presencial en Andalucía, según el tamaño del equipo.
¿Cómo demuestro que he formado a mi equipo?
Con el registro de asistencia, los contenidos impartidos y las medidas adoptadas. Lo incluimos como entregable.
09 · Servicios relacionados
¿Hablamos de tu caso?
Solicitar este servicioContenido informativo. No constituye asesoramiento jurídico.
Elaborado con IA, revisado por personas · Actualizado el 11.10.2026.