Chatbots y asistentes de IA en atención al cliente: qué exige la ley desde agosto de 2026
Qué debe cumplir un chatbot de atención al cliente con IA: avisar de que es una IA, cuándo y cómo, quién responde, datos personales y errores frecuentes.
- Publicado
- 10.10.2026
- Nivel
- Directivo
- Ámbito
- UE
- Lectura
- 3 min
Estado normativo
Aplicable desde fecha indicada- Normas
- Reglamento (UE) 2024/1689, art. 50, apartados 1 y 5 · Reglamento (UE) 2024/1689, arts. 4 y 99, apartado 4, letra g) · Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD)
- Aplicable desde
- 02.08.2026
- Ámbito
- UE
En 30 segundos
Desde el 2 de agosto de 2026, un chatbot que conversa con clientes debe estar diseñado para que la persona sepa que habla con una IA, salvo que sea evidente. El aviso debe ser claro, llegar como tarde en la primera interacción y ser accesible. La obligación es del proveedor, pero quien lo usa no debe ocultarlo, y además debe cumplir el RGPD y formar a su equipo.
Para quién
Para empresas que atienden a clientes con un chatbot, un asistente de voz o un agente de IA en la web, la app, WhatsApp o el teléfono, propio o contratado a un proveedor.
Requisitos previos
- Saber qué canales usan IA conversacional y qué proveedor la presta.
- Saber si el asistente trata datos personales de los clientes.
Qué dice la norma
| Qué | Quién | Desde | Norma |
|---|---|---|---|
| Diseñar el sistema para que la persona sepa que interactúa con una IA, salvo que sea evidente para una persona razonablemente informada | Proveedor | 2.8.2026 | Art. 50, apdo. 1 |
| Informar de forma clara y distinguible, como tarde en la primera interacción, y con requisitos de accesibilidad | Proveedor | 2.8.2026 | Art. 50, apdo. 5 |
| Si el asistente genera texto, audio o imágenes sintéticos, marcarlos en formato legible por máquina | Proveedor | 2.8.2026 | Art. 50, apdo. 2 |
| Adoptar medidas de alfabetización del equipo que lo gestiona | Proveedor y empresa que lo usa | 2.2.2025 | Art. 4 |
La obligación del apartado 1 es del proveedor. Si tu empresa lo contrata, eres responsable del despliegue: tu interfaz no debe ocultar el aviso, y si personalizas el asistente con tu marca, revisa que lo mantiene. Detalle en la ficha del art. 50.
Pasos
1. Localiza tus asistentes
Web, app, mensajería, voz y agentes que actúan en nombre de la empresa.
- Entregable: lista de asistentes con proveedor y canal.
2. Comprueba el aviso
Abre una conversación como cliente. ¿Queda claro desde el primer mensaje que es una IA? ¿Se entiende también por voz y con lectores de pantalla?
- Entregable: captura o grabación del aviso por canal.
3. Ajusta el contrato con el proveedor
Que el proveedor garantice el aviso del art. 50 y el marcado del contenido generado, y que avise de cambios del sistema.
- Entregable: cláusula o anexo firmado.
4. Ordena los datos personales
Informa en tu política de privacidad, limita lo que el asistente guarda y revisa si el proveedor es encargado del tratamiento. Ver RGPD y Reglamento de IA.
- Entregable: registro de tratamiento y contrato de encargo actualizados.
5. Prevé el paso a una persona
No es una obligación expresa del art. 50, pero reduce errores y quejas: una vía clara para hablar con una persona cuando el asistente no resuelve.
- Entregable: flujo de derivación.
6. Forma al equipo
Quien configura y supervisa el asistente debe conocer sus límites y riesgos (art. 4).
- Entregable: sesión de formación registrada.
Sanciones
El incumplimiento del art. 50 puede sancionarse con hasta 15 millones de euros o el 3 % del volumen de negocios mundial (art. 99, apartado 4, letra g)); para pymes, la cuantía menor. Ver multas del Reglamento de IA.
Checklist
- Asistentes conversacionales inventariados.
- Aviso claro de IA desde la primera interacción en todos los canales.
- Contrato con el proveedor revisado.
- Privacidad y encargo del tratamiento actualizados.
- Vía para hablar con una persona.
- Equipo formado.
Errores frecuentes
- Dar al asistente un nombre y una foto de persona sin decir que es una IA.
- Poner el aviso solo en las condiciones legales, no en la conversación.
- Pensar que solo afecta al proveedor: quien lo despliega con su marca responde ante sus clientes.
- Confundir con alto riesgo: un chatbot de atención al cliente no es, por sí solo, de alto riesgo; sí lo sería si decidiera, por ejemplo, sobre el acceso a un crédito.
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Fuentes
- [1]Reglamento (UE) 2024/1689, texto en el DOUE (copia oficial del BOE, DOUE-L-2024-81079)Consultado el 10.10.2026
- [2]Comisión Europea, código de buenas prácticas sobre marcado y etiquetado de contenido generado por IA (10.6.2026)Consultado el 09.10.2026
Cómo citar esta página
regulacionia.com (2026). «Chatbots y asistentes de IA en atención al cliente: qué exige la ley desde agosto de 2026». regulacionia.com, actualizado el 10.10.2026. https://regulacionia.com/negocio/chatbots-atencion-cliente-ia