Un marcado con el que un proveedor indica que un sistema de IA es conforme con los requisitos establecidos en el capítulo III, sección 2, y con otros actos aplicables de la legislación de armonización de la Unión que prevén su colocación.
«un marcado con el que un proveedor indica que un sistema de IA es conforme con los requisitos establecidos en el capítulo III, sección 2, y con otros actos aplicables de la legislación de armonización de la Unión que prevén su colocación».
Texto literal del art. 3, punto 24, del Reglamento (UE) 2024/1689, en el texto consolidado a 27.7.2026. Definición breve: texto literal.
Reglamento (UE) 2024/1689, art. 3, punto 24 · Fuente (consultada el 09.10.2026)
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