IA en marketing y comercio: qué exige el Reglamento de IA a tu publicidad y tu tienda
Qué debe cumplir una empresa de marketing o comercio que usa IA: contenido generado, ultrafalsificaciones, chatbots, personalización y técnicas manipuladoras.
- Publicado
- 11.10.2026
- Nivel
- Directivo
- Ámbito
- UE
- Lectura
- 4 min
Estado normativo
Aplicable desde fecha indicada- Normas
- Reglamento (UE) 2024/1689, arts. 4 y 5, aplicables desde el 2.2.2025 · Reglamento (UE) 2024/1689, art. 50, aplicable desde el 2.8.2026 · Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD)
- Aplicable desde
- 02.08.2026
- Ámbito
- UE
En 30 segundos
Una agencia o un comercio que usa IA debe formar a su equipo desde el 2 de febrero de 2025 y evitar técnicas manipuladoras prohibidas. Desde el 2 de agosto de 2026, debe avisar de que el chatbot es una IA y señalar las ultrafalsificaciones, con un aviso discreto en campañas creativas. El texto de interés público generado por IA se identifica, salvo revisión editorial humana. Con datos personales, aplica además el RGPD.
Para quién
Para agencias, equipos de marketing, creadores de contenido, comercios y tiendas en línea que usan IA para redactar, generar imágenes, atender a clientes o personalizar ofertas. Tu rol casi siempre es el de responsable del despliegue: usas herramientas ajenas en tu actividad profesional.
Requisitos previos
- Saber qué herramientas de IA usa cada persona del equipo.
- Distinguir qué contenido publicas con IA y cuál pasa por revisión humana.
- Saber si alimentas las herramientas con datos de clientes.
Qué dice la norma
| Uso habitual | Nivel | Qué exige | Desde |
|---|---|---|---|
| Formación del equipo en IA | Todos | Medidas de alfabetización en IA (art. 4) | 2.2.2025 |
| Técnicas que manipulan o explotan vulnerabilidades por edad, discapacidad o situación social o económica | Prohibido | No usarlas si causan o pueden causar perjuicios considerables (art. 5, letras a y b) | 2.2.2025 |
| Chatbot de ventas o atención | Transparencia | Avisar de que se habla con una IA, salvo que sea evidente (art. 50) | 2.8.2026 |
| Imágenes, audio o vídeo generados con IA que parezcan reales | Transparencia | Señalar las ultrafalsificaciones; en obras creativas o satíricas basta un aviso discreto (art. 50, apdo. 4) | 2.8.2026 |
| Texto generado por IA publicado para informar sobre asuntos de interés público | Transparencia | Identificarlo, salvo revisión humana y responsabilidad editorial (art. 50, apdo. 4) | 2.8.2026 |
| Generar imágenes sexuales de una persona identificable sin su consentimiento | Prohibido | No hacerlo (art. 5, letra b bis) | 2.12.2026 |
| Personalización y recomendación de productos | No figura en el anexo III | RGPD si hay datos personales | Ya |
Pasos
1. Haz el inventario
Anota las herramientas de IA de marketing, ventas y atención, y para qué se usan. Usa el registro del kit gratuito.
2. Forma a tu equipo
Quien crea contenido con IA debe conocer sus límites, sus errores y tus reglas. Guarda la evidencia. Ver el art. 4.
3. Señala lo que parezca real
Si generas imágenes, audio o vídeo con IA que puedan confundirse con reales, señálalo. Si es una campaña creativa, un aviso discreto basta. Ver el art. 50.
4. Revisa el chatbot
Debe avisar de que es una IA desde la primera interacción. Ver la guía de chatbots.
5. Evita la manipulación
No diseñes mensajes que exploten a menores, personas mayores o en situación de vulnerabilidad. Si el sistema persuade de forma subliminal o engañosa, revísalo con tu equipo.
6. Cuida los datos de clientes
El RGPD aplica a cualquier dato personal que trate una IA. Usa cuentas corporativas y revisa las condiciones del proveedor.
Checklist
- Inventario de herramientas de IA de marketing y ventas.
- Formación del equipo registrada.
- Contenido sintético que parece real, señalado.
- Chatbot con aviso de que es una IA.
- Ninguna técnica manipuladora ni dirigida a vulnerabilidades.
- Datos de clientes revisados con el RGPD.
- Política de uso de IA aprobada.
Qué hacer ahora
Haz el diagnóstico para ver qué te toca y en qué fechas, y aprueba tu política con el generador de política de uso.
Errores frecuentes
- Publicar imágenes de personas generadas con IA que parecen reales sin ningún aviso.
- Dejar que cada persona use su herramienta sin política ni formación.
- Meter listas de clientes en una herramienta pública.
- Ocultar que el asistente es una IA para vender más.
- Dirigir mensajes persuasivos a menores sin revisar el riesgo de manipulación.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que etiquetar todo lo que hago con IA?
No todo. El art. 50 exige señalar las ultrafalsificaciones y el texto de interés público sin revisión editorial, y que los proveedores marquen el contenido sintético en formato legible por máquina.
¿Cómo aviso en una campaña creativa?
Con un aviso que no estropee la pieza. En obras creativas o satíricas, el art. 50 permite un aviso discreto.
¿Es de alto riesgo la personalización de ofertas?
No figura en el anexo III. Sigue aplicando el RGPD si usas datos personales.
¿Qué multa hay por no señalar una ultrafalsificación?
Hasta 15 millones de euros o el 3 % del volumen de negocios; en pymes, la cuantía menor. Calcula el tope con la calculadora.
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Fuentes
- [1]Reglamento (UE) 2024/1689, texto en el DOUE (copia oficial del BOE, DOUE-L-2024-81079)Consultado el 11.10.2026
- [2]Comisión Europea, código de buenas prácticas sobre marcado y etiquetado de contenido generado por IA (10.6.2026)Consultado el 11.10.2026
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regulacionia.com (2026). «IA en marketing y comercio: qué exige el Reglamento de IA a tu publicidad y tu tienda». regulacionia.com, actualizado el 11.10.2026. https://regulacionia.com/negocio/ia-marketing-comercio-publicidad