Deepfakes (ultrafalsificaciones): qué dice la ley europea y qué puedes hacer
Qué es un deepfake, qué debe etiquetarse según el Reglamento de IA, qué contenido sexual queda prohibido desde diciembre de 2026 y qué puedes hacer.
- Publicado
- 10.10.2026
- Nivel
- Directivo
- Ámbito
- UE
- Lectura
- 3 min
Estado normativo
Aplicable desde fecha indicada- Normas
- Reglamento (UE) 2024/1689, art. 3, punto 60, y art. 50, apartados 2 y 4 · Reglamento (UE) 2024/1689, art. 5, apartado 1, letras b bis) y b ter), en la redacción del Reglamento (UE) 2026/1744
- Aplicable desde
- 02.08.2026
- Ámbito
- UE
En 30 segundos
Una ultrafalsificación es una imagen, audio o vídeo generado o manipulado con IA que parece real. Desde el 2 de agosto de 2026, quien la usa debe señalarla, y el proveedor debe marcar el contenido sintético. Desde el 2 de diciembre de 2026 queda prohibido generar o manipular imágenes, vídeo o audio sexuales de una persona identificable sin su consentimiento explícito, y el material de abuso sexual infantil. Si te afecta, guarda pruebas y pide su retirada.
Para quién
Para personas que se han visto afectadas por un contenido falso generado con IA, y para empresas, medios y creadores que generan o publican imagen, audio o vídeo con IA.
Requisitos previos
- Saber si el contenido está generado o manipulado con IA y si puede confundirse con real.
Qué dice la norma
| Qué | Quién | Desde | Norma |
|---|---|---|---|
| Definición: contenido de imagen, audio o vídeo generado o manipulado por IA que se asemeja a personas, objetos, lugares, entidades o sucesos reales y puede inducir a pensar que es auténtico | — | — | Reglamento de IA, art. 3, punto 60 |
| Marcar en formato legible por máquina el contenido sintético | Proveedor del sistema | 2 de agosto de 2026 (hasta el 2 de diciembre de 2026 para sistemas anteriores) | Art. 50, apartado 2 |
| Señalar las ultrafalsificaciones y el texto de interés público generado por IA | Quien usa el sistema | 2 de agosto de 2026 | Art. 50, apartado 4 |
| Prohibido generar o manipular imágenes, vídeo o audio sexuales de una persona identificable sin su consentimiento explícito | Proveedor y usuario | 2 de diciembre de 2026 | Art. 5.1.b bis) |
| Prohibido generar o manipular material de abuso sexual infantil | Proveedor y usuario | 2 de diciembre de 2026 | Art. 5.1.b ter) |
En obras creativas, satíricas o artísticas basta un aviso que no estropee la obra (art. 50.4).
Si te han hecho un deepfake
- Guarda pruebas antes de que desaparezca: capturas, enlaces, fecha, hora y plataforma.
- Pide su retirada a la plataforma donde está publicado, con sus herramientas de denuncia.
- Si hay datos personales tuyos, puedes acudir a la AEPD.
- Si hay amenazas, acoso o contenido sexual sin tu consentimiento, acude también a la policía o a la fiscalía y busca apoyo profesional.
- Consulta el asistente de protección para ver tu caso paso a paso.
Si generas o publicas contenido con IA
- Señala las ultrafalsificaciones y el texto de interés público sin revisión editorial.
- Si ofreces un sistema de IA generativa de imagen, vídeo o audio, revisa antes del 2 de diciembre de 2026 las salvaguardias frente a esas dos prohibiciones.
- Si el sistema se comercializó antes del 2 de agosto de 2026, tienes hasta el 2 de diciembre de 2026 para el marcado del contenido.
Checklist
- Identifico qué contenido es sintético y si parece real.
- Mi criterio de etiquetado está definido (art. 50.4).
- Mis herramientas de imagen, vídeo y audio tienen salvaguardias.
- Si soy víctima, guardo pruebas y uso los canales de denuncia.
Errores frecuentes
- Creer que etiquetar sirve para cualquier uso: las prohibiciones del art. 5 no se salvan con un aviso.
- Pensar que un meme o una parodia no necesita señalarse: basta un aviso discreto, pero hace falta.
- Compartir el deepfake para denunciarlo: aumenta el daño; guarda pruebas y usa los canales de denuncia.
Preguntas frecuentes
¿Qué es una ultrafalsificación?
Un contenido de imagen, audio o vídeo generado o manipulado por IA que parece real y puede inducir a pensar que es auténtico (art. 3, punto 60).
¿Desde cuándo hay que etiquetarlas?
Desde el 2 de agosto de 2026 para quien las usa (art. 50.4). El proveedor debe marcar el contenido sintético desde esa fecha, y los sistemas anteriores tienen hasta el 2 de diciembre de 2026.
¿Es ilegal hacer un deepfake sexual de alguien?
El Ómnibus prohíbe, desde el 2 de diciembre de 2026, generar o manipular imágenes, vídeo o audio sexuales de una persona identificable sin su consentimiento explícito.
¿Dónde denuncio?
En la plataforma donde está publicado, y ante la AEPD si hay datos personales. Si hay delito, ante la policía o la fiscalía.
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Fuentes
- [1]Reglamento (UE) 2024/1689, texto en el DOUE (copia oficial del BOE, DOUE-L-2024-81079)Consultado el 10.10.2026
- [2]Reglamento (UE) 2026/1744, Ómnibus digital, texto en el DOUE (copia oficial del BOE, DOUE-L-2026-81147)Consultado el 10.10.2026
Cómo citar esta página
regulacionia.com (2026). «Deepfakes (ultrafalsificaciones): qué dice la ley europea y qué puedes hacer». regulacionia.com, actualizado el 10.10.2026. https://regulacionia.com/etica/deepfakes-ultrafalsificaciones-que-dice-la-ley