Notificación de incidentes graves de IA (art. 73 del Reglamento de IA): plazos de 2, 10 y 15 días
Qué es un incidente grave de IA, quién debe notificarlo, en qué plazos (15, 10 y 2 días) y a qué autoridad, según el art. 73 del Reglamento de IA.
- Publicado
- 10.10.2026
- Nivel
- Técnico
- Ámbito
- UE
- Lectura
- 5 min
Estado normativo
Aplicable desde fecha indicada- Normas
- Reglamento (UE) 2024/1689, art. 73 y art. 3, punto 49 · Reglamento (UE) 2024/1689, art. 26, apartado 5 · Reglamento (UE) 2024/1689, art. 113
- Aplicable desde
- 02.08.2026
- Ámbito
- UE
En 30 segundos
Los proveedores de sistemas de IA de alto riesgo deben notificar cualquier incidente grave a la autoridad de vigilancia del mercado: como máximo 15 días después de tener conocimiento, 10 si hay un fallecimiento y 2 si afecta a infraestructuras críticas o es una infracción generalizada. Quien despliega el sistema debe avisar sin demora al proveedor. Se puede notificar primero de forma incompleta.
Referencia y estado
- Norma: Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial (RIA o AI Act), art. 73, «Notificación de incidentes graves», en la sección 2 («Intercambio de información sobre incidentes graves») del capítulo IX.
- Fecha de aplicación: el art. 113 no fija una fecha especial para este artículo, así que se aplica desde la fecha general, el 2 de agosto de 2026. La obligación recae sobre sistemas de alto riesgo introducidos en el mercado; las obligaciones del capítulo III de los sistemas del anexo III aplican desde el 2 de diciembre de 2027 tras el Ómnibus.
- Ómnibus: el Reglamento (UE) 2026/1744 no modifica el art. 73.
Qué es un incidente grave
El art. 3, punto 49, define «incidente grave» como un incidente o defecto de funcionamiento de un sistema de IA que, directa o indirectamente, tenga alguna de estas consecuencias:
- a) el fallecimiento de una persona o un perjuicio grave para su salud;
- b) una alteración grave e irreversible de la gestión o el funcionamiento de infraestructuras críticas;
- c) el incumplimiento de obligaciones del Derecho de la Unión destinadas a proteger los derechos fundamentales;
- d) daños graves a la propiedad o al medio ambiente.
Ver el glosario.
Qué dice
| Apdo. | Regla |
|---|---|
| 1 | Los proveedores de sistemas de alto riesgo notifican cualquier incidente grave a la autoridad de vigilancia del mercado del Estado miembro donde se produjo |
| 2 | Inmediatamente tras establecer el vínculo causal con el sistema, o su probabilidad razonable, y como máximo 15 días después de tener conocimiento (el proveedor o el responsable del despliegue) |
| 3 | 2 días si es una infracción generalizada o un incidente en infraestructuras críticas (art. 3.49, letra b) |
| 4 | 10 días en caso de fallecimiento, desde que se establezca o se sospeche la relación causal |
| 5 | Se puede presentar una notificación inicial incompleta y completarla después |
| 6 | El proveedor investiga sin demora, evalúa los riesgos y adopta medidas correctoras, coopera con las autoridades y no modifica el sistema de forma que afecte al análisis de causas sin avisarlas antes |
| 8 | La autoridad actúa en un plazo de siete días desde la notificación |
| 9 y 10 | Si el proveedor ya tiene obligaciones de información equivalentes por otra norma, o es producto sanitario, solo se notifican los del art. 3.49, letra c) (derechos fundamentales), y los productos sanitarios lo hacen a la autoridad nacional elegida |
| 11 | Las autoridades nacionales informan de inmediato a la Comisión |
Qué significa en la práctica
- Quien despliega el sistema también tiene un papel. El art. 26, apartado 5, obliga al responsable del despliegue a informar, ante un incidente grave, primero al proveedor y después al importador o distribuidor y a la autoridad, y si no localiza al proveedor se aplica el art. 73 por analogía. Ver la ficha del art. 26.
- El reloj empieza con el conocimiento, no con la investigación completa: hay que tener un canal interno para detectar y escalar incidentes.
- No conviene «arreglar» el sistema primero. Modificarlo de forma que impida analizar las causas sin avisar a las autoridades incumple el apartado 6.
- La notificación inicial incompleta es válida. Es mejor notificar a tiempo con lo que se sabe que esperar a tener todo.
- Sanidad: los sistemas que son productos sanitarios tienen un régimen especial. Ver la guía de IA en sanidad.
Quién está obligado
| Actor | Obligación |
|---|---|
| Proveedor de un sistema de alto riesgo | Notificar a la autoridad (art. 73) |
| Responsable del despliegue | Informar al proveedor, al importador o distribuidor y a la autoridad (art. 26.5) |
| Autoridad de vigilancia del mercado | Actuar en siete días e informar a la Comisión (art. 73.8 y 73.11) |
Desde cuándo
- 2 de agosto de 2026: aplicación formal del art. 73.
- 2 de diciembre de 2027 (anexo III) y 2 de agosto de 2028 (anexo I): aplicación de las obligaciones del capítulo III de los sistemas sobre los que opera.
Ver el calendario.
Qué hacer ahora
- Crea un procedimiento de incidentes: cómo se detectan, quién los clasifica y cómo se escalan, con los plazos del art. 73.
- Define quién notifica y a qué autoridad, y revisa las obligaciones paralelas del RGPD.
- Pacta con tus proveedores cómo se comunican los incidentes y en qué plazo.
- Conserva los registros del sistema para poder reconstruir lo ocurrido (art. 26).
Relación con otras normas
- RGPD: si el incidente implica una brecha de datos personales, pueden aplicarse además sus propias obligaciones de notificación. Ver RGPD y Reglamento de IA.
- Autoridad en España: qué autoridad recibirá estas notificaciones depende de la ley española pendiente. Ver el análisis de la ley española.
Preguntas frecuentes
¿En cuánto tiempo hay que notificar un incidente grave?
Como máximo 15 días desde que el proveedor o el responsable del despliegue tienen conocimiento. Son 10 días si hay un fallecimiento y 2 días si es una infracción generalizada o afecta a infraestructuras críticas.
¿Quién notifica, el proveedor o quien usa el sistema?
El proveedor notifica a la autoridad. Quien despliega el sistema debe informar al proveedor y, además, a la autoridad (art. 26.5); si no localiza al proveedor, se aplica el art. 73.
¿Puedo notificar sin tener toda la información?
Sí. El apartado 5 permite una notificación inicial incompleta, seguida de otra completa.
¿Qué pasa si modifico el sistema tras el incidente?
No debes hacerlo de modo que afecte al análisis de las causas sin avisar antes a las autoridades.
Sigue leyendo
- Ficha normativaObligaciones de quien usa IA de alto riesgo (art. 26 del Reglamento de IA): la lista completa
- Ficha normativaSistemas de IA de alto riesgo (art. 6 y anexo III del Reglamento de IA): cuáles son y desde cuándo
- GuíaReglamento europeo de IA (AI Act): guía completa para empresas en España
- GuíaIA en sanidad: productos sanitarios, triaje y prestaciones en el Reglamento de IA
- Ficha normativaRequisitos de los sistemas de IA de alto riesgo (arts. 8 a 15 del Reglamento de IA): qué debe cumplir el proveedor
- Ficha normativaRegistro en la base de datos de la UE y vigilancia poscomercialización de la IA de alto riesgo (arts. 49, 71 y 72)
- Ficha normativaPruebas de IA de alto riesgo en condiciones reales (arts. 60 y 60 bis): requisitos y novedades del Ómnibus
- AnálisisNIS2 e IA: cómo se cruzan la Directiva de ciberseguridad y el Reglamento de IA
- AnálisisDORA e IA: resiliencia digital del sector financiero y Reglamento de IA
Todas las piezas de Regulación · Calendario · Glosario · Reglamento artículo a artículo
Fuentes
- [1]Reglamento (UE) 2024/1689, texto en el DOUE (copia oficial del BOE, DOUE-L-2024-81079)Consultado el 10.10.2026
- [2]Reglamento (UE) 2026/1744, Ómnibus digital sobre IA (DOUE L, 24.7.2026)Consultado el 09.10.2026
Cómo citar esta página
regulacionia.com (2026). «Notificación de incidentes graves de IA (art. 73 del Reglamento de IA): plazos de 2, 10 y 15 días». regulacionia.com, actualizado el 10.10.2026. https://regulacionia.com/regulacion/art-73-notificacion-incidentes-graves